Preguntas Frecuentes
¿Cuánto cobraré de pensión de jubilación?+
Su base reguladora por el porcentaje que le corresponde por años cotizados, con los coeficientes de anticipo o demora, entre la pensión mínima y la máxima (3.359,60 € al mes en 14 pagas en 2026). Con una carrera completa y un salario constante, la pensión bruta ronda el 85,7 % de su base de cotización mensual (14 pagas), es decir, algo menos que el salario para sueldos medios y bastante menos para sueldos por encima de la base máxima de 5.101,20 € al mes. El simulador lo calcula con sus años, su base y su edad de solicitud, y compara con la cifra de Tu Seguridad Social si la introduce.
¿Qué es la brecha de pensión y cómo la calculo?+
La diferencia entre el ingreso mensual que quiere en la jubilación y lo que paga la pensión de la Seguridad Social tras el IRPF. Tome su objetivo de gasto en dinero de hoy, reste la pensión neta que muestra el simulador, y el resto tiene que salir de un plan de pensiones, un plan de empleo o su propia cartera. El bloque bajo el veredicto muestra la brecha y cuánto de ella cubren sus otros ahorros.
¿Cuánto se descuenta de la pensión bruta?+
Solo el IRPF. Los pensionistas no cotizan a la Seguridad Social y la sanidad pública es gratuita. La pensión tributa como rendimiento del trabajo con 2.000 € de gastos deducibles, la reducción por rendimientos del trabajo para las pensiones bajas y el mínimo del contribuyente elevado desde los 65 y los 75 años; una pensión de 15.000 € al año no paga nada, una de 30.000 € paga en torno al 18 % según la comunidad. La retención de la nómina es un anticipo, el simulador aplica la escala completa.
¿Puedo jubilarme a los 63 o a los 65?+
A los 65 sin recorte si tiene 38 años y 3 meses cotizados en 2026 (38 años y 6 meses desde 2027). Con 35 años cotizados, y al menos dos en los últimos quince, puede solicitar la jubilación anticipada voluntaria hasta dos años antes de su edad ordinaria, con un coeficiente reductor de por vida que va del 2,81 % al 21 % según los meses y los años cotizados; a los 63 solo si su edad ordinaria es 65. Antes de eso no hay pensión salvo en la jubilación anticipada involuntaria, y los años intermedios se financian con sus ahorros, que el simulador muestra como años de espera. Un convenio especial permite seguir cotizando en esos años; el simulador no lo modela.
¿Es segura la pensión pública hasta que me jubile?+
La Ley 21/2021 garantiza la revalorización con el IPC y la reforma de 2023 la financia con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que sube hasta el 1,2 % en 2029, y la cuota de solidaridad sobre los salarios altos. El sistema se revisa cada tres años a partir de 2025 y los parámetros pueden cambiar. El campo de confianza le permite planificar con solo una parte de la pensión si quiere margen.
¿Compensa el plan de pensiones, y lo cobro en rentas o en capital?+
La deducción de hasta 1.500 € al año (más hasta 8.500 € de la empresa en un plan de empleo) es un aplazamiento: todo lo que retire tributa como renta del trabajo. Compensa cuando su tipo marginal hoy es más alto que el que tendrá en la jubilación, lo habitual. Cobrarlo en rentas reparte el impuesto entre los tramos bajos de cada año; en capital, todo el saldo cae en un solo año encima de la pensión, salvo la reducción del 40 % sobre las aportaciones anteriores a 2007, que solo conviene con saldos pequeños o mayoritariamente antiguos. Desde 2025 puede retirar sin justificar las aportaciones con más de diez años de antigüedad.
¿Cómo tributa mi cartera de fondos y acciones en la jubilación?+
Las plusvalías tributan en la base del ahorro cuando vende: 19 % hasta 6.000 € de ganancia al año, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % más allá, sin mínimo exento. El simulador sigue su coste de adquisición (la cartera de hoy menos la plusvalía latente que introduce, más lo que ahorre a partir de ahora) y grava solo la parte de ganancia de cada retirada. El traspaso entre fondos no tributa, la venta se computa por FIFO y una recompra en dos meses no permite compensar pérdidas; mayores de 65 que reinvierten en una renta vitalicia asegurada pueden dejar la ganancia exenta hasta 240.000 €.
¿Y si soy autónomo?+
La fórmula es la misma: base reguladora por porcentaje por años cotizados. La diferencia está en la base: desde 2023 cotiza por el tramo de sus rendimientos netos, y la base elegida decide la pensión. Introduzca su base de cotización mensual en la tarjeta de la pensión en lugar del salario; el resto (edad ordinaria, coeficientes, mínima, máxima, IRPF) se aplica igual. Los autónomos también pueden jubilarse de forma anticipada con 35 años cotizados.
¿Cuánto dinero necesito para jubilarme en España?+
Menos de 25 veces su gasto, porque la pensión pública cubre parte de él de por vida y se revaloriza con el IPC. Tome su objetivo mensual, reste la pensión neta y las rentas de sus planes, y la brecha restante por 12 y por unos 25 a 30 años de jubilación es el capital que necesita. Para una persona sola que quiere 1.800 € al mes con una pensión media, suelen ser unas decenas de miles a unos pocos cientos de miles de euros en cartera, no millones.
¿Funciona para parejas, para la jubilación activa o para funcionarios?+
Las parejas casadas añaden a su pareja bajo el estado civil: su pensión y su plan entran en el cálculo, cada uno tributa en su propia declaración o en conjunta si lo activa, y su salario cuenta mientras siga trabajando, menos sus cotizaciones. La jubilación activa (cobrar parte de la pensión y seguir trabajando después de la edad ordinaria) y la jubilación parcial no están modeladas. Los funcionarios de Clases Pasivas tienen otro sistema; los del Régimen General (ingresados desde 2011) pueden usar el simulador con sus años cotizados.
Todas las cantidades están en poder adquisitivo de hoy: las rentabilidades nominales se deflactan con la inflación supuesta y las aportaciones se mantienen constantes en términos reales. Pensión de la Seguridad Social (Régimen General): base de cotización = salario bruto anual entre doce, entre la base mínima (1.989,30 €) y la base máxima (5.101,20 € al mes en 2026), o la base introducida, que sube cada año el crecimiento real introducido hasta dejar de trabajar (el mismo crecimiento hacia atrás en los años pasados), nunca por encima de la base máxima de su año, que sube 1,2 puntos reales al año de 2024 a 2050 (DT 38ª), ni por debajo de la base mínima. Base reguladora = suma de las 300 bases anteriores a la solicitud entre 350 (los meses entre el fin del trabajo y la solicitud son lagunas, integradas como las de abajo), con las 24 últimas a valor nominal y las anteriores actualizadas con el IPC; desde 2026 se calcula también la nueva fórmula (2026: las 302 bases mayores de los últimos 304 meses entre 352,33; dos bases, cuatro meses y 2,33 más cada año hasta las 324 mejores de 348 meses entre 378 en 2037) y se aplica la más alta hasta 2040, la nueva después; los meses sin cotización dentro del periodo se integran con la base mínima durante 48 meses y con la mitad después. Porcentaje: 50 % con 15 años cotizados, más 0,21 % por mes durante 49 meses y 0,19 % después hasta 2026 (100 % con 36 años y 6 meses), y desde 2027 0,19 % hasta el mes 248 y 0,18 % después (37 años). Edad ordinaria: 66 años y 10 meses en 2026 y 67 desde 2027, o 65 con 38 años y 3 meses (2026) o 38 años y 6 meses (desde 2027) cotizados, según la norma en vigor el año en que se alcanza. Jubilación anticipada voluntaria: hasta 24 meses antes con 35 años cotizados, con los coeficientes mensuales del artículo 208 de la LGSS por meses de anticipación y tramo de años cotizados (38 años y medio, 41 años y medio, 44 años y medio); cuando la pensión supera la máxima, el coeficiente se aplica sobre la máxima, en transición desde el 0,5 % por trimestre entre 2024 y 2033. Demora: 4 % por cada año completo trabajado más allá de la edad ordinaria y 2 % por más de seis meses desde el segundo año; la pensión se solicita al dejar de trabajar. Tope en la pensión máxima (3.359,60 € por paga) y suelo en la mínima según la situación familiar (13.106,80 € al año sin cónyuge, 12.441,80 € con cónyuge no a cargo, 17.592,40 € con cónyuge a cargo desde los 65; algo menos antes), sin comprobar el límite de ingresos del complemento a mínimos. 14 pagas al año; la página muestra la media de doce meses. Revalorizada con el IPC, así que conserva su poder adquisitivo. Las cotizaciones se detienen al dejar de trabajar. IRPF: la pensión, las retiradas de los planes y el salario de la pareja son rendimientos del trabajo; al total anual de cada declaración se le restan 2.000 € de gastos por perceptor y la reducción por rendimientos del trabajo (7.302 € hasta 14.852 € netos, menos 1,75 por euro hasta 17.673,52 € y 1,14 por euro hasta 19.747,50 €), y sobre la base liquidable se aplican la escala estatal (9,5 / 12 / 15 / 18,5 / 22,5 / 24,5 %) y la escala autonómica de la comunidad elegida de Renta 2025, menos las mismas escalas sobre el mínimo del contribuyente (5.550 €, más 1.150 € desde los 65 y 1.400 € más desde los 75). Con pareja, cada uno tributa en su propia declaración a su edad, o en conjunta (una declaración, reducción de 3.400 €, mínimos por edad de los dos) si se activa. Los umbrales se mantienen en euros nominales durante los cinco primeros años del plan y conservan su valor real después. Los pensionistas no cotizan y la sanidad es gratuita; el salario de la pareja soporta las cotizaciones del trabajador (4,70 + 1,55 + 0,10 % más 0,15 % de MEI, hasta la base máxima). Planes de pensiones y plan de empleo: cada saldo crece con su rentabilidad y sus aportaciones hasta dejar de trabajar; en rentas, la cartera de planes se retira según la necesidad de cada año, primero hasta completar el tramo del 24 % de la base (unos 22.200 € de ingresos del trabajo), después la cartera y después de nuevo los planes, con el IRPF de cada retirada resuelto para que el objetivo se cumpla neto; en capital, todo el saldo tributa en el año de la jubilación encima de la pensión, con una reducción del 40 % sobre la parte introducida como anterior a 2007, y el neto pasa a la cartera. Los planes se abren al dejar de trabajar. Cartera: la parte de ganancia de las retiradas de cada año tributa en la escala del ahorro (del 19 % al 30 % según la ganancia realizada del año, con los umbrales congelados como los del IRPF) o al tipo efectivo introducido, sin mínimo exento; el coste de adquisición es la cartera de hoy menos la plusvalía latente introducida, más cada aportación y cada capital neto de los planes, y como el coste es nominal, la inflación tributa como en la ley. El ingreso titular es el mayor gasto mensual constante, en dinero de hoy, que la simulación año a año puede financiar hasta la edad del plan sin déficit en ningún año; la simulación con su objetivo real indica a qué edad se agota el capital. La pareja se simula en la escala de edades de la primera persona con sus propios años, base, edad de solicitud y plan; su salario bruto cuenta mientras siga trabajando. La pensión máxima del año de la solicitud sube 0,115 puntos reales al año de 2025 a 2050 (DT 39ª). El complemento a mínimos se retira, por el exceso, en cualquier año en que las retiradas de planes y las plusvalías realizadas del año anterior (total del hogar) superaran el límite de ingresos (9.442 €, 11.013 € con cónyuge a cargo). Escenario de supervivencia (bloque de pareja): desde el fin del plan de la pareja cesan su pensión y su salario, su plan pasa al superviviente, este cobra la pensión de viudedad (el 52 % de la base reguladora de la pareja, el 60 % desde los 65 sin pensión propia, la suma de ambas pensiones con tope en la máxima del año), tributa en declaración individual y gasta la parte introducida. No modelado: jubilación activa, parcial y flexible, convenio especial, complemento por brecha de género, lagunas dentro de una carrera continua salvo por integración, el pago único por demora, la cuota de solidaridad, Navarra y País Vasco, las rentas vitalicias aseguradas, las mínimas de viudedad; las lagunas solo se integran con una base igual o superior a la mínima general (una base inferior se lee como de autónomo, y el RETA no integra lagunas). Solo estimaciones, no asesoramiento financiero ni fiscal. Los usuarios registrados se rellenan con su perfil y sus cuentas de previsión; hasta que lo confirmen en el perfil, el salario bruto se estima como el ingreso neto mensual por 12 entre 0,78.
Fuentes: Seguridad Social, bases y tipos de cotización 2026 (Orden PJC/297/2026) · Real Decreto 241/2026 (pensión máxima y mínimas 2026) · Artículos 205, 208, 209 y 210 y disposiciones transitorias 7ª, 9ª, 34ª y 41ª de la LGSS (Ley 21/2021, Real Decreto-ley 2/2023, Real Decreto-ley 11/2024) · Ley 35/2006 del IRPF, artículos 19, 20, 52, 57, 63, 66, 74, 76 y 84, disposición transitoria 12ª · Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta 2025